Precio por dar de alta la luz: primer alta de luz y reactivación

El precio del alta de luz se compone de los derechos de extensión, acceso y enganche, pero ¿deben abonarse siempre? ¿Influye la potencia contratada?

¿Qué precio tiene dar de alta la luz?

El precio del alta de luz es regulado por el Gobierno y, por tanto, es el mismo para todas las comunidades autónomas y distribuidoras eléctricas. Este coste se divide en 3 conceptos o derechos.

Los derechos por dar de alta de luz son:

  • Precio del alta de luz
  • Derechos de extensión: 17,37€ + IVA por la potencia contratada.
  • Derechos de acceso: 19,70€ + IVA por cada kilovatio (kW) contratado.
  • Derechos de enganche: 9,04€ + IVA.

Pagar la totalidad de estos derechos o solo hacerlo de forma parcial depende de tres factores:

  • Potencia eléctrica contratada
  • Tipo de alta: ¿vivienda nueva o reactivación de suministro?
  • Altas de reactivación: ¿cuándo fue dada de baja la luz?

El coste del alta de luz alude a los derechos por utilizar la red de distribución general de electricidad y se abonan a la distribuidora de luz, que es quien realiza la gestión y lleva a cabo el mantenimiento y la supervisión de la red.

La comercializadora realiza el papel de intermediaria, pues es a quien solicitamos el alta. Esta le remite nuestra petición a la distribuidora, que es quien lleva a cabo el procedimiento.

En todos los casos, los derechos del alta de luz se abonan a través de la primera factura de electricidad que llegue al domicilio. Una vez cobrados, la comercializadora traspasará el importe de estos derechos a la distribuidora correspondiente.

Precio de alta de luz vivienda nueva

En las viviendas de nueva construcción donde nunca ha habido suministro eléctrico se tiene que pagar el importe íntegro por dar de alta la luz, es decir, los tres derechos que componen el precio por activar el suministro eléctrico. Este importe va a depender exclusivamente de la potencia que contrates.

Hasta octubre de 2018 había que escoger entre los tramos de potencia eléctrica normalizados. A partir de esta fecha el Gobierno introduce una modificación que permite escoger la potencia en tramos de 0,1 kW. Esto hace que se ajuste más a las necesidades de los usuarios.

En la siguiente tabla vemos un resumen del coste de dar de alta la luz con los tramos de potencia normalizados.

Cálculo del precio una alta de luz en una vivienda nueva

Potencia 4,2 kW

  • Derechos de extensión: 17,37 €/kW * 4,2 kW = 72,95 €
  • Derechos de acceso: 19,70 €/kW * 4,2 kW = 82,74 €
  • Derechos de enganche: 9,04€
  • Total = 164,73 €
  • Total + IVA = 199,32 €

 

¿Cuánto cuesta volver a dar de alta la luz?

Volver a activar la electricidad tras haber dado de baja el suministro supone un cambio en el precio del alta de luz. En este caso, influye no solo la potencia contratada de la vivienda, sino también el tiempo que lleva dado de baja el suministro.

Los derechos de extensión tienen una vigencia de 3 años. Si el suministro lleva inactivo menos de 3 años, no tendrás que volver a abonar este concepto.

 

Cálculo del precio por reactivar el suministro de luz

Potencia 4,2 kW (suministro dado de baja hace menos de 3 años)

  • Derechos de extensión: No hay que abonarlos
  • Derechos de acceso: 19,70 €/kW * 4,2 kW = 82,74 €
  • Derechos de enganche: 9,04€
  • Total = 91,78 €
  • Total + IVA = 111,05 €

Potencia 4,2 kW (suministro dado de baja hace más de 3 años)

  • Derechos de extensión: 17,37 €/kW * 4,2 kW = 72,95 €
  • Derechos de acceso: 19,70 €/kW * 4,2 kW = 82,74 €
  • Derechos de enganche: 9,04€
  • Total = 164,73 €
  • Total + IVA = 199,32 €

 

¿Qué necesito para dar de alta la luz?

Para dar de alta la luz es necesario aportar los siguientes datos a la comercializadora:

  • Documentos necesarios para dar de alta la luz
  • Nombre y DNI del titular del que va a ser el titular del contrato de luz
  • Dirección del punto de suministro
  • Potencia contratada
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)
  • Cuenta bancaria en la que se va a domiciliar el pago de las facturas

Adicionalmente, la distribuidora solicitará el Boletín Eléctrico en los siguientes casos:

  1. Si se trata del primer alta de luz
  2. Si la vivienda tiene más de 20 años
  3. Si das de alta la luz con un aumento de potencia