Se sigue alertando de que algunas empresas proveedoras de energía realizan llamadas a usuarios que no son sus clientes para que se cambien de compañía.
Depende de si se da cuenta antes o después del día 14 desde que se dio el consentimiento por teléfono a la nueva oferta. Antes del día 14 es muy sencillo. Basta con desistir de la oferta recibida. La ley garantiza al consumidor la posibilidad de desistir de cualquier oferta comercial a distancia en las dos primeras semanas sin tener que justificar nada.Después de los 14 días, las cosas se complican porque depende mucho del tipo de contrato al que se haya prestado el consentimiento y, en algunos casos, es difícil demostrar que ha habido engaño. Uno de los problemas más comunes es que la gente se da cuenta cuando llega la primera factura y ya han pasado más de 14 días desde el consentimiento por teléfono.
Las formas de reclamar:
- En primer lugar, si estás afectado por estas prácticas, debes presentar tus reclamaciones ante la comercializadora que realizó el cambio sin tu consentimiento. En el caso de que no se resuelva la reclamación y si la comercializadora que te suministró es una comercializadora de referencia o de último recurso, puedes reclamar posteriormente ante el órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas. Los detalles de las diferentes vías de reclamación los puedes encontrar aquí en el caso de traspaso de contrato de electricidad sin autorización y aquí en el caso de gas.
- Otra opción es acudir a las Oficinas Municipales de Atención al Consumidor (OMIC) y a las Organizaciones de Consumidores y Usuarios.
- Pero además de las posibilidades anteriores, puedes presentar una reclamación ante la CNMC.